PREÁMBULO:
Nuestro propósito al organizarnos como Juventud del
Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico, es declarar a Jesucristo
como Señor y Salvador descubriendo la voluntad de Dios para nuestras
vidas y hacerla.
Por Tanto:
A. Nos consagramos a Cristo y nos proponemos desarrollar una fe dinámica
a través del estudio de la Biblia (la Palabra de Dios), la adoración y
la experiencia cristiana.
B. Dedicamos nuestras vidas a la expresión de esta fe, de hecho y de
palabra, trabajando con aquellos/as cuyas vidas tengan propósitos
idénticos y envolver a otros/as para que se unan hoy con nosotros/as en
la construcción de un mundo cristiano.
C. Adoptamos la declaración de misión de la Conexión Juventud
Presbiteriana:
Como jóvenes y adultos,
Respondemos al llamado de Dios
A través del Espíritu Santo
Para estar conectados unos con otros,
la Iglesia y el mundo
de manera que nuestras vidas proclamen con gozo
que ¡Jesucristo es El Señor!”
ARTICULO I: NOMBRE
Esta organización se conocerá con el nombre de
Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico .
Estará afiliada al Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico, de la
Iglesia Presbiteriana (EEUUA) a través de la División de Educación,
Concientización y Capacitación para la Misión y Vocaciones.
ARTICULO II: OBJETIVOS GENERALES
Los objetivos de esta organización son los siguientes:
A. Estar conscientes de las enseñanzas, ordenanzas y
promesas de Jesucristo y la obediencia a las mismas.
B. Conscientes de la Gran Comisión:
"Id por todo el mundo y predicad el evangelio a toda criatura. El que
creyere y fuere bautizado, será salvo, mas el que no creyere, será
condenado" (Marcos 16: 15-16)
...nos proponemos realizar actividades evangelísticas y de servicio
comunitario para el cumplimiento de la misma.
C. Reconocer la voluntad de Dios expuesta en las Escrituras bajo la
dirección del Espíritu Santo para la labor que debemos realizar.
D. Coordinar y asesorar a las directivas de Presbiteriales de Jóvenes en
la búsqueda de programas, métodos y materiales para el mejor
funcionamiento de éstos, a la luz del programa general de la Juventud
del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
E. Establecer relaciones cordiales, fomentar el mayor interés y
compañerismo en los/as jóvenes de las Presbiteriales y otras
organizaciones cristianas en correspondencia con la Iglesia
Presbiteriana (EUA).
ARTICULO III: COMPONENTES
Esta organización estará compuesta por las organizaciones de la Juventud
Presbiteriana a nivel de los Presbiterios que componen el Sínodo
Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
ARTICULO IV: ORGANIZACIÓN
La Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico estará
organizada de la siguiente forma:
A. Un Concilio General compuesto por un máximo de 20 delegados por
Presbiterio, donde cada Presbiterio sea representado por un quórum del
número total de sus Iglesias con Jóvenes.
B. Un Equipo Coordinador compuesto por los siguientes oficiales:
1. Dos delegados/as de cada Presbiterio con derecho a voz y voto,
distribuidos de la siguiente manera:
a. Coordinador
b. Secretario/a General
c. Secretario/a de Finanzas
d. Delegados/as al Equipo Coordinador
i. Uno/a del Presbiterio del Suroeste
ii. Uno/a del Presbiterio de San Juan
iii. Uno/a del Presbiterio del Noroeste
Los cargos de Coordinador/a, Secretario/a General, y Secretario/a de
Finanzas se rotarán anualmente entre los Presbiterios.
2. Delegados/as a las siguientes organizaciones en calidad de miembros
ex-oficio con derecho a voz:
a. Representante joven y adulto del “National Presbyterian Youth
Ministry Council” (NPYMC).
b. Tres Consejeros/as con derecho a voz. Uno de cada Presbiterio del
Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
c. Dos Representantes a la Pastoral Juvenil Interdenominacional del
Concilio Evangélico de Puerto Rico (PJI).
d. Representante joven a las Mujeres Presbiterianas del Sínodo
La fecha y el lugar para esta actividad será seleccionado por el Equipo
Coordinador. Se invitarán a todas las sociedades a través de las
Presbiteriales de Jóvenes.
ARTICULO V: CONCILIO GENERAL Y EXTRAORDINARIO
A. El Concilio General se reunirá con por lo menos dos (2) ó tres (3)
semanas de anticipación, antes de la Asamblea Anual del Sínodo y será
convocado por el Equipo Coordinador con por lo menos un mes de
anticipación a la fecha seleccionada.
B. El Concilio General se reunirá con el propósito de:
1. Recibir informes del cumplimiento de las labores de todos los
miembros del Equipo Coordinador.
2. Evaluar el trabajo realizado en el año.
3. Enmendar este Reglamento.
4. Elegir dos (2) delegados a la Pastoral Juvenil Interdenominacional (PJI),
5. Elegir cinco (5) delegados a la Asamblea Ordinaria de la PJI cuando
sea requerido.
6. Elegir 1 delegado/a joven y 1 delegado adulto al NPYMC por un Término
de tres (3) años cada uno.
7. Instalar los oficiales del próximo Equipo Coordinador.
8. Presentación de las personas nominadas a Consejeros del Equipo
Coordinador.
9. Cualquier otro asunto que afecte o incumba a la Juventud del Sínodo
Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
C. El Concilio General estará compuesto por las delegaciones de las
Juventudes de los Presbiterios. Estas delegaciones serán escogidas en
los Concilios Presbiteriales y estarán compuesta por un máximo de veinte
delegados/as de los cuales dos serán sus respectivos miembros al Equipo
Coordinador. Cada delegación tendrá derecho a escoger cinco delegados/as
alternos/as los/as cuales serán admitidos en el orden sometido en caso
de vacantes.
1. En el caso de que alguna Presbiterial no pudiera establecer lo
requerido en este Reglamento, la Presbiterial correspondiente deberá
traer una certificación por escrito al Concilio General de la Juventud
del Sínodo Presbiteriano de Boriquén en Puerto Rico, certificando que no
pueden cumplir con este Reglamento y que por lo tanto traen como
delegados a un número de personas menor a lo requerido por este
Reglamento. Esta carta incluirá la firma del moderador, secretario y un
consejero y especificará el número de delegados a traer. Así podrá
continuarse con los trabajos pendientes.
D. Los/as delegados/as al Concilio General cumplirán los siguientes
requisitos:
1. Ser miembro activo/a de una Iglesia Presbiteriana del Sínodo
Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
2. Ser soltero/a, entiéndase sin casarse y sin responsabilidades
paternofiliales, no mayor de 25 años de edad y no menor de 12 años.
E. Un Concilio Extraordinario será convocado por el Equipo Coordinador o
cuando 2/3 partes de las Presbiteriales de Jóvenes así lo soliciten, y
se reunirá para los propósitos antes mencionados para el Concilio
General.
F. En el caso de que se levanten los trabajos, por cualquier motivo, se
volverá a trabajar en ellos el sábado siguiente en la misma iglesia a la
misma hora.
ARTICULO VI: EQUIPO COORDINADOR
A. Objetivos Generales
1. Funcionamiento: Actualizar el programa de la Juventud del Sínodo
Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico a la luz de las necesidades
presentes de la juventud.
2. Participación: Estimular y fomentar en cada joven presbiteriano la
participación en el programa de la Juventud del Sínodo Presbiteriano
Boriquén en Puerto Rico.
3. Programa: Proveer un mecanismo para agilizar el trabajo de la
Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico mediante la
coordinación y la comunicación entre las Presbiteriales de Jóvenes.
4. Comunicación: Proveer un mecanismo para la solución práctica de los
problemas y necesidades de la Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén
en Puerto Rico mediante el compartir de ideas y recursos entre las
Presbiteriales de Jóvenes.
5. Liderato: Capacitar al liderato existente. Capacitar y desarrollar en
la Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico un nuevo
liderato.
B. Objetivos Específicos:
1. Funcionamiento:
a. Identificar las necesidades y problemas de nuestra juventud.
b. Ayudar a las Presbiteriales a interesar a los pastores/as,
consistorios y congregaciones locales en el ministerio con la juventud.
c. Establecer nuevas metas y objetivos para el trabajo de la Juventud
del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
d. Convocar al Concilio General y Concilio Extraordinario.
2. Participación:
a. Fomentar una participación y un funcionamiento dinámico entre las
Presbiteriales de Jóvenes.
b. Hacer el uso más efectivo del liderato existente y tener un banco de
recursos.
c. Proveer para que la juventud trabaje activamente para sí misma y para
llenar sus necesidades programáticas, espirituales, emocionales, etc.
d. Representar en el Sínodo la voz de la Juventud del Sínodo
Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
3. Programa:
a. Coordinar y asesorar a los/as jóvenes de las Presbiteriales en la
búsqueda de programas, métodos, recursos humanos, financieros y
materiales para el mejor funcionamiento de éstas.
b. Identificar las necesidades y problemas existentes en las
Presbiteriales y ofrecer recursos para suplirlas por medio de diálogos,
consultas y evaluación del trabajo.
c. Ayudar a las Presbiteriales a fomentar el crecimiento y el desarrollo
emocional y espiritual de sus componentes (Intermedios, Jóvenes y
Adultos Jóvenes).
d. Ayudar a las Presbiteriales por medio del programa de la Juventud del
Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico a proveer oportunidades al
evangelismo de otros/as jóvenes que no forman parte de nuestra iglesia.
e. Ayudar a las Presbiteriales a capacitar jóvenes para el trabajo
dentro de su Iglesia local.
f. Ayudar a las Presbiteriales a establecer un balance programático en
base a un calendario de actividades acorde con sus necesidades y
problemas.
g. Realizar actividades programáticas del Sínodo Presbiteriano Boriquén
en Puerto Rico.
4. Comunicación:
a. Proveer un mecanismo para el intercambio de ideas y programas entre
las Presbiteriales.
b. Comunicar a la División de Educación, Concienciación y Capacitación
para la Misión y Vocaciones del Concilio del Sínodo nuestras
preocupaciones, ideas y necesidades en la realización del programa de
las Conferencias de Verano Anuales.
c. Comunicar las necesidades financieras a la División de Estrategias
para la misión.
d. Establecer relaciones fraternales con la Unidad de la Asamblea
General correspondiente con el trabajo de la juventud mediante los
Representantes Nacionales.
5. Liderato:
a. Fomentar el desarrollo y capacitación de los/as líderes existentes en
las diferentes Presbiteriales a través de talleres, retiros y
conferencias.
b. Ayudar a las Presbiteriales a fomentar el desarrollo de nuevos/as
líderes.
C. Deberes del Equipo Coordinador.
1. Coordinador/a.
a. Presidirá todas las reuniones del Equipo Coordinador y los Concilios.
b. Coordinará con las directivas de las Presbiteriales fechas fijas para
sus Concilios y actividades durante el año.
c. Convocará a reuniones del Equipo Coordinador y a los Concilios por
medio de el/la Secretario/a General.
d. En caso de tener que ausentarse deberá delegar sus responsabilidades
a uno de los miembros del Equipo Coordinador con voz y voto.
e. Asistirá en representación de la Juventud del Sínodo Presbiteriano
Boriquén en Puerto Rico a las reuniones del Sínodo Presbiteriano
Boriquén en Puerto Rico y en otras actividades relacionadas con la
juventud.
f. Será miembro ex-oficio de todo comité dentro del Equipo Coordinador
de la Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
g. En caso de alguna vacante, será la persona responsable por cumplir
con todos los deberes y responsabilidades que tenia la vacante ó
delegará en algún miembro del Equipo Coordinador, para que tome el
puesto vacante interinamente, hasta que la Presbiterial correspondiente
nombre otra persona.
h. Será representante de la juventud ante el Concilio de Misión del
Sínodo.
2. Secretario/a General.
a. Será responsable por toda la correspondencia de la Juventud del
Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
b. Convocará a las reuniones del Equipo Coordinador, los Concilios y a
las actividades a petición del/a Coordinador/a y/o Equipo Coordinador
con suficiente tiempo de anticipación.
c. Preparará la agenda de trabajo de cada reunión en acuerdo con el/la
Coordinadora/a.
d. Llevará un registro de las direcciones de los miembros del Equipo
Coordinador y de los miembros de las Directivas de las Presbiteriales de
Jóvenes.
e. Llevará un libro de actas de las reuniones del Equipo Coordinador.
f. Presentará al Equipo Coordinador en su próxima reunión ordinaria, un
informe de los acuerdos tomados en el Concilio.
g. Pasará lista para corroborar el quórum del Concilio de la Juventud
del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
h. Presentará el libro de actas para revisión, al Sínodo Presbiteriano
Boriquén en Puerto Rico, anualmente.
i. En caso de que el puesto del Coordinador quedase vacante, tomará éste
los deberes y responsabilidades interinamente del puesto del
Coordinador, hasta que la Presbiterial correspondiente nombre a otra
persona.
3. Secretario/a de Finanzas:
a. Llevará un sistema de contabilidad para establecer los ingresos y
egresos de la Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén de Puerto Rico.
b. Cobrará las cuotas anuales de Concilios.
c. Recibirá y proveerá los fondos de las diferentes actividades
celebradas por la Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén (retiros,
ofrendas especiales, ventas, etc.)
d. Depositará todo el dinero en una cuenta bancaria a nombre de:
Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén de Puerto Rico. Se requerirá
dos de cuatro firmas autorizadas por el Equipo Coordinador para retirar
fondos.
e. Presentará un informe por escrito en cada reunión del Equipo
Coordinador y un informe final detallado de ingresos y egresos del año
en el Concilio General.
4. Delegados/as al Equipo Coordinador de las Presbiteriales de Jóvenes.
a. Representarán a sus respectivas Presbiteriales de Jóvenes en el
Equipo Coordinador.
b. Serán el enlace entre el Equipo Coordinador y las Directivas
Presbiteriales de Jóvenes para las actividades y programas en las que
tomará parte la Juventud de los Presbiterios.
c. Participarán en los comités de trabajo y asumirán las
responsabilidades que les sean asignadas por el Equipo Coordinador.
d. Velarán por las buenas relaciones entre sus Presbiteriales y el
Equipo Coordinador.
e. Tendrán derecho a voz y voto en las decisiones del Equipo
Coordinador.
f. Presentarán un informe de las labores realizadas y actividades
realizadas por sus respectivas Presbiteriales.
5. Consejeros/as:
a. En el Concilio General se aprobará una terna de candidatos para la
posición de Consejeros/as uno por cada Presbiterial. Estas personas
deben ser previamente consultadas por las respectivas Presbiteriales. La
terna será presentada al Concilio del Sínodo para la selección final de
los tres consejeros/as.
b. Participarán como asesores/as en las reuniones del Equipo Coordinador
y Concilios, así como en las demás actividades.
c. Orientarán a los jóvenes en cuanto a proceso, leyes parlamentarias,
programas y actividades de acuerdo con los principios y fundamentos de
la Iglesia Presbiteriana (EEUUA).
6. Delegados al “National Presbyterian Youth Ministry Council” (NPYMC)
a. Será el enlace entre la JSPBPR y el Concilio Nacional de la Juventud.
b. Participará en los comités de trabajo y asumirá las responsabilidades
que le sean asignadas por el Equipo Coordinador.
c. Presentará un informe de sus labores realizadas en el Concilio Anual
y cuando el Equipo Coordinador lo requiera.
d. Será seleccionado/a cada tres (3) años.
e. Trabajará directamente con la Juventud del Sínodo Presbiteriano
Boriquén y su Equipo Coordinador con el Trienio, Región 3 y Connection.
f. Los procesos de nominación y elección serán los siguientes:
i. Cada Presbiterial llevará un candidato/a adulto y/o un candidato/a
joven que cumpla con los requisitos establecidos en éste reglamento para
esta posición.
ii. Se elegirá un joven y un adulto de esa terna.
7. Delegados/as a la Pastoral Juvenil Interdenominacional (PJI).
a. Serán el enlace entre el Equipo Coordinador de la JSPBPR y el Comité
Coordinador de la PJI del CEPR.
b. Participarán en los comités de trabajo y asumirán las
responsabilidades que le sean asignadas por el Equipo Coordinador.
c. Presentarán un informe de sus labores realizadas en el Concilio Anual
y cuando el Equipo Coordinador lo requiera.
d. Mantendrán y velarán por las buenas relaciones entre el Comité
Coordinador de la PJI y el Equipo Coordinador de la JSPBPR.
e. Buscarán y consultarán jóvenes de nuestra denominación, junto al
Equipo Coordinador, que cumplan con los requisitos e interesen trabajar
en las diferentes áreas de la PJI.
f. Fomentarán la concienciación entre las directivas Presbiteriales,
Equipo Coordinador, y sociedades locales de la importancia del
Ecumenismo; y así de la participación en las diferentes actividades de
la PJI.
g. Los procesos de nominación y elección serán los siguientes:
i. Cada Presbiterial llevará un candidato/a que cumpla con los
requisitos establecidos en éste reglamento para esta posición.
ii. Se elegirán dos, de diferentes Presbiteriales, de esa terna.
8. Delegada a las Mujeres Presbiterianas del Sínodo Presbiteriano
Boriquén en Puerto Rico.
a. Será el enlace entre el Equipo Coordinador y las Mujeres
Presbiterianas del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
b. Participará en los comités de trabajo y asumirá las responsabilidades
que le sean asignadas por el Equipo Coordinador.
c. Presentará un informe en el Concilio Anual, de sus labores realizadas
y cuando el Equipo Coordinador lo requiera.
d. Mantendrá y velará por las buenas relaciones entre la directiva de
las Mujeres Presbiterianas y el Equipo Coordinador de la JSPBPR.
e. Los procesos de nominación y elección serán los siguientes:
i. Cada Presbiterial llevará una candidata que cumpla con los requisitos
establecidos en éste reglamento para esta posición.
ii. Se elegirá uno de esa terna.
iii. Será seleccionada cada 3 años
D. Otros asuntos del Equipo Coordinador.
1. Vigencia de los oficiales.
a. El término de duración de los puestos en el Equipo Coordinador será
de un (1) año, excepto los/las Delegados/as al National Presbyterian
Youth Ministries Council (NPYMC) y la Representante a las Mujeres
Presbiterianas que serán por tres (3) años; a partir de la fecha de
instalación, o hasta que el nuevo Equipo Coordinador sea instalado.
b. Un oficial no será elegido para ocupar dos (2) puestos
simultáneamente en el mismo año en curso, sólo con las condiciones al
ocurrir alguna vacante y que sea indicado por el Equipo Coordinador.
2. Requisitos de los Oficiales del Equipo Coordinador.
a. Ser miembro activo de una Iglesia Presbiteriana (EEUUA) en el Sínodo
Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
b. Los Oficiales serán solteros/as, entiéndase sin casarse y sin
responsabilidades paternofiliales, no mayores de 25 años y no menores de
12 años de edad.
3. Requisitos de los/as Consejeros/as.
a. Los/as Consejeros/as serán miembros activos de la Iglesia
Presbiteriana (EUA) en el Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
b. Serán personas activas con el trabajo de la juventud, presbíteros,
diáconos/izas; mayores de 25 años de edad endosados por sus respectivas
Asambleas Presbiteriales.
4. Vacantes de los Oficiales.
a. El Equipo Coordinador podrá declarar vacante el cargo de cualquiera
de sus oficiales cuando estuviese presente alguna de las siguientes
situaciones:
i. Tres ausencias sin excusa razonable.
ii. Renuncia. Toda renuncia deberá ser sometida por escrito con treinta
días de anticipación a la fecha de su efectividad.
iii. Muerte.
iv. Abandono del cargo sin renuncia.
v. Cuando se compruebe (a tono con las Reglas de Disciplina del Libro de
Orden) que la conducta observada no está de acuerdo con los principios
de vida cristiana.
vi. Al dejar de ser miembro de una Iglesia Presbiteriana (EUA) en el
Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
vii. Al dejar de ser miembro activo de una Iglesia Presbiteriana (EUA)
en el Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
b. El Equipo Coordinador notificará su acción a la Presbiterial
correspondiente para que nombre un sustituto a la mayor brevedad
posible.
c. El Coordinador será la persona responsable por cumplir con todos los
deberes y responsabilidades que tenia el/la vacante ó delegará en algún
miembro del Equipo Coordinador, para que tome el puesto vacante
interinamente, hasta que el Presbiterio correspondiente nombre otra
persona.
d. La persona que sea nombrada para llenar la vacante tendrá una
vigencia hasta el próximo Concilio General ó Concilio Extraordinario ó
el primero que sea, donde se seleccionará otra persona para cumplir el
resto del tiempo que faltaba por cumplir.
ARTICULO VII: QUÓRUM
A. Concilio General o Extraordinario.
1. El quórum estará establecido por un 50% + 1 del total de los/as
delegados/as nombrados por los Concilios de las Presbiteriales; donde
las iglesias con jóvenes miembros estén representadas por un 50% + 1.
2. Tendrán derecho a voz y voto:
a. Todos los/as delegados/as oficiales que estando presentes en la
reunión hayan cumplido los requisitos que establece este reglamento.
b. Los oficiales del Equipo Coordinador (Coordinador/a, Secretario/a
General. Secretario/a de Finanzas, y los tres (3) delegados/as
Presbiteriales).
3. Tendrán derecho a voz los siguientes:
a. Delegados/as al NPYMC.
b. Consejeros/as de las Presbiteriales y Equipo Coordinador
c. Delegados/as a la PJI
d. Representante a las Mujeres Persbiterianas
4. En toda reunión del Concilio estará presente por lo menos uno/a de
los Consejeros/as como requisito para llevar a cabo la reunión.
B. Equipo Coordinador
1. Será necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros con voz y
voto (mas de la mitad) y tendrá que estar presente por lo menos uno/a de
los/as Consejeros/as para que los acuerdos tomados por esta Asamblea
tengan validez.
ARTICULO VIII: FINANCIAS
A. Cada Concilio de la Juventud de los Presbiterios pagará la cantidad
de un dólar ($1.00) por cada uno/a de sus delegados/as al Concilio
General o Extraordinario de la Juventud del Sínodo Presbiteriano
Boriquén en Puerto Rico.
B. Todos los fondos estarán depositados en una cuenta bancaria a nombre
de Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico. Se
requerirán dos (2) de cuatro (4) firmas registradas para retirar fondos.
ARTICULO IX: ENMIENDAS
A. Enmiendas a este Reglamento podrán ser presentadas por uno de los
Concilios Presbiteriales y/o por el Equipo Coordinador de la Juventud
del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
B. El cuerpo proponente circulará por escrito las propuestas de
enmiendas a las Presbiteriales con por lo menos seis semanas de
anticipado al Concilio de la Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén
en Puerto Rico en el que han de ser consideradas.
C. Este Reglamento podrá ser enmendado con 2/3 partes de los votos de
los/as delegados/as presentes en el Concilio General o Extraordinario.
D. Este Reglamento podrá ser enmendado por los/as delegados/as de la
Juventud del Sínodo Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
E. El Equipo Coordinador podrá hacer sus correcciones gramaticales y de
sintaxis sin tener que utilizar el proceso de enmienda.
F. Cada Presbiterial será responsable por repartir copia de las
Enmiendas propuestas a cada Iglesia de su respectivo Presbiterio.
ARTICULO X: REGLAS PARLAMENTARIAS
A. Reglas Generales.
1. Las reglas generales parlamentarias que regirán serán las previstas
por Robert’s Rules of Order, Newly Revised.
Este reglamento fue
enmendado el día 5 de mayo de 2001 en la Iglesia Presbiteriana La Marina
en Mayaguez por el Concilio Extraordinario de la Juventud del Sínodo
Presbiteriano Boriquén en Puerto Rico.
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